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Desescalada: Fase 3

El 30 de mayo se han publicado las últimas modificaciones del plan de desescalada que debe acatar, por decreto, todo el país. En esa fecha, todavía el 70% del territorio nacional se encontraba en la fase 2, mientras que algunas zonas iniciaron la fase 1, y las islas más afortunadas estaban listas para pasar ya a la fase 3. Sanidad ha publicado las nuevas normas para esta tercera fase y algunas modificaciones en las anteriores.

¿Qué actividades están permitidas en la Fase 3?


En esta fase 3 se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia (aún no habrá movilidad interprovincial). No habrá ninguna franja horaria, por lo que podremos salir a la calle cuando queramos y siempre que queramos, aunque extremando las medidas de seguridad e higiene con los grupos considerados vulnerables al coronavirus.

Se permiten reuniones, tanto en domicilios como al aire libre, aunque los grupos deberán ser de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados.

Las ceremonias nupciales podrán realizarse, ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75% de su aforo, y en todo caso un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados.


En esta fase 3, el Gobierno sigue apostando por el teletrabajo, pero en el caso de que ya sea presencial, recuerda el BOE que se desestima el fichar por huella dactilar (para el control horario en el trabajo) y recuerda la distancia de seguridad de dos metros en los puestos de trabajo, así como evitar usar el ascensor siempre que sea posible. Las empresas podrán elaborar protocolos de reincorporación presencial, que deberán incluir recomendaciones sobre el uso de los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, la descripción de las medidas de seguridad a aplicar y la regulación de la vuelta al trabajo con horario escalonado para el personal

Podrán abrirse los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%.

Se permite también la apertura al público de las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales, aunque se limita su aforo al 40%. Además, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en ellos se fija en un 50%.

En el caso de los mercadillos se garantizará la limitación a la mitad de los puestos habituales o autorizados.

En el ámbito de la hostelería las terrazas al aire libre pueden abrir al 75% de su capacidad y se permite el consumo en barra siempre que se garantice la distancia de seguridad. En el interior, los bares y restaurantes podrán abrir para consumir en el local, siempre que no se supere el 50% de su aforo.

La gran novedad prevista en esta Fase 3 es que también podrán abrir las discotecas y bares de ocio nocturno (pubs, salas de fiestas, cafés teatro, bares de copas o locales de conciertos) con un tercio de su capacidad habitual, pero sin pista de baile, donde se podrán instalar mesas (hubo polémica porque la Orden de Sanidad en principio no recogía la apertura de este tipo de locales).

En los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el 50% de su aforo. Por lo que se refiere a las actividades turísticas, se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta 30 personas.

En el ámbito de la cultura, destaca la posibilidad de realizar actividades culturales en las bibliotecas y museos siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado.

Y, en materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas. También podremos ir al gimnasio. Tanto en espacios abiertos como en pistas cubiertas, se podrá hacer deporte en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico y sin que se supere el 50% del aforo máximo permitido. Ya no será necesaria la concertación de cita previa, y queda permitida la utilización de los vestuarios y zonas de ducha.

La actividad de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala. Se amplía el aforo al 50% y a un máximo de 800 asistentes en los espectáculos taurinos.

Se podrán abrir los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del 50%. Y, también se permite la reapertura de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas y locales específicos de apuestas, siempre que no se supere el 50% del aforo permitido y se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en la Orden.

Otro de los capítulos de la Orden de Sanidad indica las condiciones para la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil. Cuando éstas se lleven a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Y cuanto tengan lugar en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual con un máximo de 80 participantes.

Uno de los grandes cambios se produce en el transporte público que, a efectos prácticos, operará sin limitaciones. Así pues, todos los servicios urbanos se restablecen al 100% para dar cabida a los ciudadanos que necesitan trasladarse a su trabajo; y es muy probable que se incremente la ocupación de autobuses y trenes de media y larga distancia.

Asimismo, como la desescalada sigue a buen ritmo en España, Sanidad ha decidido flexibilizar un poco más las medidas para la fase 1 y la fase 2. Ésta es la Orden 458/2020 de 30 de mayo con la flexibilización de dichas medidas.

En una disposición final, el BOE recoge una modificación de la orden ministerial que regula las restricciones para los territorios en fase 1: se podrán reabrir todos los locales y establecimientos en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales, siempre que no superen un tercio del aforo autorizado. Si son lugares cerrados no podrá haber más de 30 personas y si son al aire libre, el aforo máximo autorizado será de 200 personas. También se permitirán las actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de un máximo de hasta diez personas y se podrán realizar actividades deportivas, culturales o recreativas "en los espacios naturales ubicados en la provincia o unidad territorial de referencia".

El turismo es otro de los grandes favorecidos por estas modificaciones. En otra disposición final, el BOE introduce modificaciones para los territorios que se encuentran en fase 2. Por ejemplo, en las piscinas se podrá permitir la práctica deportiva individual, y cuando la piscina se divida por calles de entrenamiento se habilitará un sistema de acceso y control que evite la acumulación de personas; en cualquier caso, se respetará el límite del 30% de capacidad de aforo de uso deportivo en cada piscina. También se podrán realizar visitas en la naturaleza en grupos que no superen las 10 personas, pudiendo realizar actividades culturales o recreativas. Gracias a esta modificación las empresas dedicadas a ofrecer servicios culturales o deportivos podrán reabrir sus puertas.

Se permite también la apertura de las plazas de toros en la fase 2, pero con solo un tercio de aforo sin superar las 400 personas.


Ésta es la SND/507/2020, de 30 de mayo, que regula las actividades permitidas en la Fase 3. Y ésta es la Guía resumen de la Fase 3.


¿Quiénes pasan a la Fase 3 el 8 de junio?


Hay cuatro islas, La Gomera, El Hierro, La Graciosa y Formentera, que estrenaron la fase 3 el 1 de junio.

Para el resto de provincias españolas, la fase 3 se iniciará el 8 de junio, y, como las fases anteriores, tendrá una duración de dos semanas hasta alcanzar la fase 4 o "nueva normalidad" (que previsiblemente llegará el 21 de junio).


El Coronavisión del viernes 5 de junio anuncia que, a partir del lunes 8 de junio, pasan a la Fase 3: toda Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Extermadura, Galicia, La Rioja, Navarra, Melilla, Murcia, País Vasco, de Castilla La Mancha Guadalajara y Cuenca, y de Cataluña las regiones sanitarias de Alt Pirineu i Aran, Terres de l'Ebre y Camp de Tarragona.

Y pasan a la Fase 2: la Comunidad de Madrid, Castilla y León, la región sanitaria de Barcelona, las regiones sanitarias Metropolitana Norte y Metropolitana Sur, y Región sanitaria de Lleida.

Actualización 15 junio: Pasan a fase 3 Ciudad Real, Toledo, Albacete, León, Zamora, Palencia, Valladolid, Burgos, Girona, Catalunya Central, Ceuta, y la Comunidad Valenciana. Únicamente permanecerán en fase 2 la comunidad autónoma de Madrid, las provincias castellanoleonesas de Salamanca, Segovia, Ávila y Soria, y las zonas sanitarias de Barcelona, Metropolitana Norte y Metropolitana Sur, y la zona sanitaria de Lleida. Galicia, por su parte, entra en la fase de nueva normalidad.




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