El principal error del Plan de Desescalada fue la falta de transparencia a la hora de decidir qué territorios podían pasar o no de fase. El plan, aunque establecía ciertos parámetros, carecía de indicadores numéricos que permitieran saber con claridad y sin ningún tipo de duda, si determinada región los cumplía o no. Este grave error se ha ido arrastrando desde entonces, alcanzando su punto álgido en el mes de octubre, al decretarse de nuevo el estado de alarma en Madrid para confinar perimetralmente varios municipios madrileños.
Con la co-gobernanza, la ausencia de criterios comunes y uniformes en todos los territorios a la hora de tomar medidas restrictivas para frenar el avance de la pandemia ha sido un auténtico quebradero de cabeza para los políticos y un auténtico despropósito para los ciudadanos. Cuando los contagios en la Comunidad de Madrid se dispararon, era evidente que había que tomar medidas restrictivas y establecer guetos para evitar que el virus se esparciera como la pólvora por el resto del país.
Ante los continuos rifi rafes entre gobierno central y regional, el Ministerio de Sanidad estableció una Orden para aplicar en situaciones muy preocupantes, con unos parámetros comunes que, de cumplirse, obligarían a confinar un determinado territorio y a implantar nuevas prohibiciones a sus habitantes. Dichos parámetros fueron avalados por el Consejo Interterritorial de Salud. Sin embargo, lejos de solucionar al problema, se avivó aún más cuando el Tribunal Superior de Justicia madrileño tumbó tales restricciones. De ahí que el Gobierno de Sánchez decretara, con carácter inmediato, el estado de alarma en la Comunidad de Madrid para imponerlas por las bravas.
Ante esta tesitura, el Ministerio de Sanidad quiere blindar qué medidas se toman contra el virus, cuándo se toman, y cómo se toman, en función del número de contagios y la forma de propagación de la epidemia en un determinado territorio. ¡Aleluya! Han tenido que pasar 4 meses para que por fin sepamos a qué atenernos.
El nuevo documento de Sanidad pretende dar una respuesta coordinada para el control de la transmisión del Covid-19, estableciendo cuatro niveles de alerta con unas medidas mínimas, proporcionales al nivel de riesgo de transmisión en cada comunidad autónoma, y adaptables según la situación y el contexto de cada región. Es lógico, porque no es lo mismo una incidencia de 1.000 casos en una gran ciudad que en un pueblo de 1.000 personas, donde bastarían 10 contagios en dos semanas para llegar a esa tasa.
Aún así, el nuevo acuerdo no estipulará que, a partir de cierta incidencia, haya que tomar ciertas medidas, sino que obliga a evaluar una combinación de factores.
Se trata de un 'semáforo' que califica el riesgo ante la pandemia que se vive en cada región (ésta podrá ser la comunidad autónoma, una provincia, isla, municipio, departamento o área de salud). En cualquier caso, según ha explicado Fernando Simón, no es un documento pensado para comunidades autónomas, está pensado para aplicación territorial dentro de las comunidades.
El plan contempla cuatro escenarios: nivel de alerta 1 (riesgo bajo); nivel 2 (riesgo medio); nivel 3 (riesgo alto); y nivel 4 (riesgo extremo).
Los valores se han establecido siguiendo los estándares internacionales:
* El Centro Europeo para el Control de Enfermedades (ECDC) ha establecido un umbral de incidencia acumulada en 14 días de 25 casos por 100.000 habitantes para considerar que el riesgo comienza a incrementarse, y un límite superior de 150 para considerar que el riesgo es muy elevado. En el caso de España, además, se establecen un nivel de riesgo más, el extremo, con 250 casos por 100.000 hab.
* El ECDC también ha establecido en el 4% el límite de positividad de las pruebas diagnósticas a partir del cual el riesgo de transmisión se ve incrementado.
* En cuanto a la trazabilidad, la OMS ha publicado que al menos un 80% de los casos deben estar correctamente trazados para alcanzar una situación epidemiológica controlada.
Primer bloque: criterios epidemiológicos.
* Incidencia acumulada los últimos 14 días.
* Incidencia acumulada los últimos 7 días.
* Incidencia acumulada de mayores de 65 años en 14 y 7 días.
* Tasa de positividad global por semana (porcentaje de PCR que se realizan que dan positivo).
* Porcentaje de casos con trazabilidad (proporción de personas cuyo origen de la infección se conoce).
Segundo bloque: capacidad asistencial.
* Ocupación de camas de hospitalización por casos de Covid-19.
* Ocupación de camas UCI por coronavirus.
En el caso de territorios de menos de 5.000 habitantes, además de los indicadores generales, se tendrán en cuenta el número, la tendencia y la velocidad de cambio de los casos diagnosticados en los últimos 7 y 14 días; la proporción de casos nuevos asociados a brotes; la tasa de ataque secundaria; la existencia de puntos calientes (número de brotes, sus características y su situación de control; afectación de residencias socio-sanitarias, poblaciones, etc.
* Alerta 2 (riesgo medio): cuando al menos dos indicadores del primer bloque y uno del segundo están en nivel medio, y el resto de indicadores en un nivel inferior;
* Alerta 3 (riesgo alto): cuando al menos dos indicadores del primer bloque y uno del segundo están en nivel alto, y el resto de indicadores en un nivel inferior;
* Alerta 4 (riesgo extremo): cuando al menos dos indicadores del primer bloque y uno del segundo están en nivel muy alto, y el resto de indicadores en un nivel inferior.
Para considerar la reducción del nivel de alerta será necesario que los indicadores permanezcan en un nivel de riesgo inferior durante un tiempo mínimo de 14 días.
No obstante, Sanidad aclara que «la decisión final de qué nivel de alerta se asignará al territorio evaluado no solo se fundamentará en el nivel de riesgo resultante de los indicadores, sino que deberá modularse con la tendencia ascendente del indicador y su velocidad de cambio, así como con una evaluación cualitativa que incluya la capacidad de respuesta, las características socioeconómicas, demográficas y de movilidad del territorio evaluado».
Dado que, según Sanidad, una tercera parte de los brotes se producen en el ámbito social, sobre todo en reuniones de familiares y amigos no convivientes, y especialmente en lugares cerrados, como pueden ser en domicilios o espacios interiores donde no se lleva puesta la mascarilla o se realizan actividades donde es incompatible su uso (como comer, beber) los sectores del ocio y la restauración siguen siendo criminalizados y sufrirán el grosso de las restricciones, por lo que los ciudadanos seguiremos sufriendo la aniquilación de nuestra vida social.
Asimismo, Sanidad recomienda promover todas aquellas actividades que se puedan realizar al aire libre, donde la reducción de aforos no tiene que ser tan estricta. ¿Se aplicarán el cuento y volverán a abrir los parques y playas?
Éste es el cuadro resumen con las medidas a aplicar, según cada nivel de alerta:
En el nivel de alerta 4 (riesgo extremo), además de todas las restricciones del nivel 3, se podrán implantar otras "medidas excepcionales", como por ejemplo la limitación de la movilidad de las personas, cierres perimetrales, e incluso se está valorando implementar un toque de queda nocturno (en cuyo caso requeriría de la declaración del estado de alarma).
El nuevo Plan anti-Covid de Sanidad fue aprobado el 22 de octubre en la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con las abstenciones de País Vasco y Madrid, aunque será de obligado cumplimiento para todas las comunidades. Tener un marco unificado, claro, explícito y transparente que sirva de cuadro de mandos para establecer cuándo se rebasa una situación y disparar las actuaciones correspondientes es clave. Ha tardado en ocurrir pero ¡más vale tarde que nunca!
El 23 de octubre, Sánchez compareció en un nuevo Aló Presidente para presentar el Plan anti-Covid, y, apelando a la "disciplina social" ciudadana (lo que se tradujo en pedirnos abiertamente que sacrifiquemos y aniquilemos toda nuestra vida social por tiempo indefinido), fijó el objetivo nacional de bajar la incidencia a 25 casos/100.000 hab. Me parece algo completamente inviable con estas restricciones; la cifra es imposible de lograr a no ser que volvamos a otra gran reclusión domiciliaria.
A 22 de octubre, la incidencia acumulada a 14 días es de 348,99 casos cada 100.000 habitantes de media en nuestro país, es decir, el semáforo está en rojo en toda España, superando con creces el nivel de alerta 4. Pero es que, según los nuevos criterios de Sanidad, España lleva 41 días en una situación epidemiológica de "riesgo extremo" (desde el 15 de septiembre, cuando se registró una incidencia acumulada de 253,75 casos por cada 100.000 habitantes) y en una situación de "riesgo alto" desde el 24 de agosto (día en que se registraron 166,18 contagios por cada 100.000 habitantes). A 23 de octubre, éste es el nivel de alerta de coronavirus en cada comunidad autónoma:
Con la co-gobernanza, la ausencia de criterios comunes y uniformes en todos los territorios a la hora de tomar medidas restrictivas para frenar el avance de la pandemia ha sido un auténtico quebradero de cabeza para los políticos y un auténtico despropósito para los ciudadanos. Cuando los contagios en la Comunidad de Madrid se dispararon, era evidente que había que tomar medidas restrictivas y establecer guetos para evitar que el virus se esparciera como la pólvora por el resto del país.
Ante los continuos rifi rafes entre gobierno central y regional, el Ministerio de Sanidad estableció una Orden para aplicar en situaciones muy preocupantes, con unos parámetros comunes que, de cumplirse, obligarían a confinar un determinado territorio y a implantar nuevas prohibiciones a sus habitantes. Dichos parámetros fueron avalados por el Consejo Interterritorial de Salud. Sin embargo, lejos de solucionar al problema, se avivó aún más cuando el Tribunal Superior de Justicia madrileño tumbó tales restricciones. De ahí que el Gobierno de Sánchez decretara, con carácter inmediato, el estado de alarma en la Comunidad de Madrid para imponerlas por las bravas.
Ante esta tesitura, el Ministerio de Sanidad quiere blindar qué medidas se toman contra el virus, cuándo se toman, y cómo se toman, en función del número de contagios y la forma de propagación de la epidemia en un determinado territorio. ¡Aleluya! Han tenido que pasar 4 meses para que por fin sepamos a qué atenernos.
El nuevo documento de Sanidad pretende dar una respuesta coordinada para el control de la transmisión del Covid-19, estableciendo cuatro niveles de alerta con unas medidas mínimas, proporcionales al nivel de riesgo de transmisión en cada comunidad autónoma, y adaptables según la situación y el contexto de cada región. Es lógico, porque no es lo mismo una incidencia de 1.000 casos en una gran ciudad que en un pueblo de 1.000 personas, donde bastarían 10 contagios en dos semanas para llegar a esa tasa.
Aún así, el nuevo acuerdo no estipulará que, a partir de cierta incidencia, haya que tomar ciertas medidas, sino que obliga a evaluar una combinación de factores.
Se trata de un 'semáforo' que califica el riesgo ante la pandemia que se vive en cada región (ésta podrá ser la comunidad autónoma, una provincia, isla, municipio, departamento o área de salud). En cualquier caso, según ha explicado Fernando Simón, no es un documento pensado para comunidades autónomas, está pensado para aplicación territorial dentro de las comunidades.
El plan contempla cuatro escenarios: nivel de alerta 1 (riesgo bajo); nivel 2 (riesgo medio); nivel 3 (riesgo alto); y nivel 4 (riesgo extremo).
Los valores se han establecido siguiendo los estándares internacionales:
* El Centro Europeo para el Control de Enfermedades (ECDC) ha establecido un umbral de incidencia acumulada en 14 días de 25 casos por 100.000 habitantes para considerar que el riesgo comienza a incrementarse, y un límite superior de 150 para considerar que el riesgo es muy elevado. En el caso de España, además, se establecen un nivel de riesgo más, el extremo, con 250 casos por 100.000 hab.
* El ECDC también ha establecido en el 4% el límite de positividad de las pruebas diagnósticas a partir del cual el riesgo de transmisión se ve incrementado.
* En cuanto a la trazabilidad, la OMS ha publicado que al menos un 80% de los casos deben estar correctamente trazados para alcanzar una situación epidemiológica controlada.
Indicadores y valores del nivel de riesgo
¿Cómo se mide el riesgo? Para regiones con más de 10.000 habitantes, se tendrán en cuenta una serie de indicadores, divididos en dos bloques a los que se asignan 5 niveles de gravedad.Primer bloque: criterios epidemiológicos.
* Incidencia acumulada los últimos 14 días.
* Incidencia acumulada los últimos 7 días.
* Incidencia acumulada de mayores de 65 años en 14 y 7 días.
* Tasa de positividad global por semana (porcentaje de PCR que se realizan que dan positivo).
* Porcentaje de casos con trazabilidad (proporción de personas cuyo origen de la infección se conoce).
Segundo bloque: capacidad asistencial.
* Ocupación de camas de hospitalización por casos de Covid-19.
* Ocupación de camas UCI por coronavirus.
En el caso de territorios de menos de 5.000 habitantes, además de los indicadores generales, se tendrán en cuenta el número, la tendencia y la velocidad de cambio de los casos diagnosticados en los últimos 7 y 14 días; la proporción de casos nuevos asociados a brotes; la tasa de ataque secundaria; la existencia de puntos calientes (número de brotes, sus características y su situación de control; afectación de residencias socio-sanitarias, poblaciones, etc.
Criterios para establecer el nivel de alerta
* Alerta 1 (riesgo bajo): cuando al menos dos indicadores del primer bloque y uno del segundo están en nivel bajo, y el resto de indicadores en nivel de nueva normalidad;* Alerta 2 (riesgo medio): cuando al menos dos indicadores del primer bloque y uno del segundo están en nivel medio, y el resto de indicadores en un nivel inferior;
* Alerta 3 (riesgo alto): cuando al menos dos indicadores del primer bloque y uno del segundo están en nivel alto, y el resto de indicadores en un nivel inferior;
* Alerta 4 (riesgo extremo): cuando al menos dos indicadores del primer bloque y uno del segundo están en nivel muy alto, y el resto de indicadores en un nivel inferior.
Para considerar la reducción del nivel de alerta será necesario que los indicadores permanezcan en un nivel de riesgo inferior durante un tiempo mínimo de 14 días.
No obstante, Sanidad aclara que «la decisión final de qué nivel de alerta se asignará al territorio evaluado no solo se fundamentará en el nivel de riesgo resultante de los indicadores, sino que deberá modularse con la tendencia ascendente del indicador y su velocidad de cambio, así como con una evaluación cualitativa que incluya la capacidad de respuesta, las características socioeconómicas, demográficas y de movilidad del territorio evaluado».
¿Qué restricciones se implantarán?
Cada nivel de alerta lleva asociado una serie de restricciones. La decisión sobre qué medidas y cuándo aplicarlas será tomada por las comunidades autónomas y se pondrá en conocimiento del Ministerio de Sanidad. En ningún caso se plantea el confinamiento obligatorio en ninguno de los cuatro niveles, pero sí se incluye la posibilidad de limitar la movilidad y de decretar cierres perimetrales de municipios cuando se alcance el riesgo extremo.Dado que, según Sanidad, una tercera parte de los brotes se producen en el ámbito social, sobre todo en reuniones de familiares y amigos no convivientes, y especialmente en lugares cerrados, como pueden ser en domicilios o espacios interiores donde no se lleva puesta la mascarilla o se realizan actividades donde es incompatible su uso (como comer, beber) los sectores del ocio y la restauración siguen siendo criminalizados y sufrirán el grosso de las restricciones, por lo que los ciudadanos seguiremos sufriendo la aniquilación de nuestra vida social.
Asimismo, Sanidad recomienda promover todas aquellas actividades que se puedan realizar al aire libre, donde la reducción de aforos no tiene que ser tan estricta. ¿Se aplicarán el cuento y volverán a abrir los parques y playas?
Éste es el cuadro resumen con las medidas a aplicar, según cada nivel de alerta:
En el nivel de alerta 4 (riesgo extremo), además de todas las restricciones del nivel 3, se podrán implantar otras "medidas excepcionales", como por ejemplo la limitación de la movilidad de las personas, cierres perimetrales, e incluso se está valorando implementar un toque de queda nocturno (en cuyo caso requeriría de la declaración del estado de alarma).
El nuevo Plan anti-Covid de Sanidad fue aprobado el 22 de octubre en la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con las abstenciones de País Vasco y Madrid, aunque será de obligado cumplimiento para todas las comunidades. Tener un marco unificado, claro, explícito y transparente que sirva de cuadro de mandos para establecer cuándo se rebasa una situación y disparar las actuaciones correspondientes es clave. Ha tardado en ocurrir pero ¡más vale tarde que nunca!
El 23 de octubre, Sánchez compareció en un nuevo Aló Presidente para presentar el Plan anti-Covid, y, apelando a la "disciplina social" ciudadana (lo que se tradujo en pedirnos abiertamente que sacrifiquemos y aniquilemos toda nuestra vida social por tiempo indefinido), fijó el objetivo nacional de bajar la incidencia a 25 casos/100.000 hab. Me parece algo completamente inviable con estas restricciones; la cifra es imposible de lograr a no ser que volvamos a otra gran reclusión domiciliaria.
A 22 de octubre, la incidencia acumulada a 14 días es de 348,99 casos cada 100.000 habitantes de media en nuestro país, es decir, el semáforo está en rojo en toda España, superando con creces el nivel de alerta 4. Pero es que, según los nuevos criterios de Sanidad, España lleva 41 días en una situación epidemiológica de "riesgo extremo" (desde el 15 de septiembre, cuando se registró una incidencia acumulada de 253,75 casos por cada 100.000 habitantes) y en una situación de "riesgo alto" desde el 24 de agosto (día en que se registraron 166,18 contagios por cada 100.000 habitantes). A 23 de octubre, éste es el nivel de alerta de coronavirus en cada comunidad autónoma: